Preguntas Frecuentes
Conceptos Básicos
¿Qué es la Declaración Anual del IRS?
Es una obligación federal que existe con el Servicio de Impuestos Internos de Estados Unidos (Internal Revenue Service, IRS) a causa de tener una LLC o C Corp en el país, debiendo reportar diversa información sobre la compañía y sus dueños anualmente.
¿Cuál es la diferencia entre declarar y pagar impuestos?
Declarar consiste en proporcionar información al IRS a través de formularios. En cambio, pagar impuestos consiste en hacer un desembolso de dinero.
¿Me corresponde cumplir con esta obligación?
Pueden darse distintos casos:
- Si tienes una LLC que no posee ingresos efectivamente conectados con Estados Unidos y recibe el trato fiscal que el IRS asigna por defecto, solo debes declarar si es que tuvo transacciones reportables durante el año fiscal.
- Si tienes una LLC que sí posee ingresos efectivamente conectados con Estados Unidos o que recibe un trato fiscal como C Corp, siempre deberás declarar.
- Si tienes una C Corp siempre deberás declarar.
¿Qué son ingresos efectivamente conectados con Estados Unidos?
Todos los ingresos de una empresa se consideran ingresos efectivamente conectados con Estados Unidos si lleva a cabo sus operaciones de manera presencial en el país, lo cual puede darse por tres razones:
- Si alguno de los dueños de la compañía es residente fiscal en Estados Unidos. Esto es, que viva en el país y posea Green Card o bien que cumpla la Prueba de Presencia Sustancial (ver artículo sugerido al final de esta pregunta).
- Si la empresa cuenta con algún inmueble en Estados Unidos, ya sea que le pertenezca o lo arriende.
- Si la compañía tiene trabajadores que vivan en Estados Unidos y lleven a cabo actividades sustanciales para el desarrollo de su actividad, independientemente de que tengan contrato o no.
Puedes informarte con mayor profundidad sobre este asunto en el siguiente artículo:
¿Qué son transacciones reportables?
Son aquellas transacciones que el IRS pide informar en la declaración anual:
- Aportes de capital, correspondientes a transferencias de fondos personales que alguno de los dueños ha hecho hacia la compañía.
- Retiros de utilidades, correspondientes a transferencias de fondos del negocio hacia sus dueños.
- Gastos del negocio hechos con fondos personales en lugar de con fondos que le pertenezcan a la propia empresa.
- Gastos personales hechos con fondos del negocio en lugar de con fondos que le pertenezcan a la propia persona.
- Costo de abrir la empresa (no aplica para LLC de dos o más miembros).
- Ingresos y gastos de cualquier tipo (no aplica para LLC de un solo miembro).
¿Cuál es la diferencia con el Reporte Anual Estatal?
El Reporte Anual (Annual Report) es una obligación estatal que las empresas tienen que cumplir con la jurisdicción en la que se encuentran registradas. Puede recibir otros nombres y tener una periodicidad que no sea anual según el estado (o incluso en algunos podría no existir esta obligación).
En cambio, la Declaración Anual (Annual Return) es una obligación federal que se debe cumplir ante el IRS, que es un organismo federal. Aplica por igual para las empresas de todos los estados.
Requisitos
¿Qué información debo proporcionar?
Sin entrar en detalles, para preparar la declaración anual de tu empresa requeriremos información sobre lo siguiente:
- Perfil de Empresa
- Ingresos Efectivamente Conectados con USA
- Dueños
- Situación Financiera
- Documentos de Empresa
Puedes profundizar sobre los requerimientos de información en el siguiente artículo:
¿Qué pasa si no llevo contabilidad en mi empresa?
El IRS no exige que proporciones estados financieros así que no necesitas llevar una contabilidad formal. Sin embargo, es importante que cuentes como mínimo con información de las transacciones reportables de tu compañía para que el contador pueda preparar la declaración. Solo serán necesarios los montos totales, así que no deberás proporcionarnos el detalle de cada movimiento (eso sí, en el caso de gastos, es importante que los categorices en función de su naturaleza).
¿Necesito pasaporte, DNI u otra identificación personal de mi país?
No necesitas enviarnos ningún documento ni a nosotros ni al IRS, pero sí que tendrás que indicarnos para cada dueño de tu empresa el número de identificación fiscal que tenga en su país, ya que debe informarse al IRS.
¿Debo tener SSN o ITIN?
No, salvo que tengas una LLC que posea ingresos efectivamente conectados con Estados Unidos o seas accionista de una C Corp y hayas recibido dividendos durante el año fiscal (lo mismo aplica si tienes una LLC que recibe un trato fiscal como C Corp).
Eso sí, si alguno de los dueños de tu empresa tiene SSN o ITIN, de todos modos deberás indicarnos los 9 dígitos para infomarlo al IRS.
¿Requiero un teléfono de USA?
No, aunque en el caso de las LLC de dos o más miembros y las C Corp es necesario señalar un teléfono estadounidense. Si tienes, podemos indicarlo, pero sino usaremos el de nosotros, descuida.
¿Tengo que enviar facturas y/o recibos al IRS?
No, ni nosotros ni el IRS necesitaremos que nos envíes facturas ni recibos.
Sin embargo, es importante que mantengas registros de tus transacciones por si alguna vez el IRS solicitara alguna auditoría a tu compañía, lo que, en todo caso, es poco probable.
Trato Fiscal
¿Qué trato fiscal recibe una LLC?
Las LLC no tienen un trato fiscal como Limited Liability Company, sino que reciben el de otros tipos de empresa. Por defecto, el IRS asigna un tratamiento fiscal en función del número de miembros que posea:
- LLC de un solo miembro: Sole Proprietorship
- LLC de dos o más miebros: Partnership
No obstante, también pueden solicitar un trato fiscal como Corporación al IRS a través de distintos formularios:
- C Corp: Formulario 8832
- S Corp: Formulario 2553 (todos los miembros deben ser residentes estadounidenses para solicitar este tratamiento fiscal)
¿Qué trato fiscal recibe una Corporación C?
Una Corporación C recibe un trato fiscal como tal, es decir, como C Corp.
¿Cómo puedo saber el trato fiscal que recibe mi LLC?
Si ninguno de los miembros de tu LLC ha firmado el Formulario 8832 ni el Formulario 2553 alguna vez, entonces tu LLC recibe el trato fiscal que el IRS asigna por defecto. En caso contrario, recibiría un tratamiento fiscal como C Corp o S Corp, respectivamente.
Impuestos Federales
¿Siempre tendré que pagar impuestos federales?
Las LLC solo pagan impuestos federales si es que hay ingresos efectivamente conectados con el país o reciben un trato fiscal como C Corp, mientras que las C Corp siempre tendrán que pagar impuestos federales.
¿Qué impuestos federales paga una LLC?
Si corresponde pagar impuestos y la empresa recibe el trato fiscal por defecto, se debe tributar a una tasa de entre 10% y 37% en función del rango de utilidades, debiendo efectuar una declaración de renta personal.
Por su parte, si la empresa recibe un trato fiscal como C Corp tributará como tal.
¿Qué impuestos federales paga una Corporación C?
Debe pagar 21% de impuestos corporativos.
Adicionalmente, accionistas no residentes se someten a una retención del 30% de los dividendos que perciban.
¿Qué gastos son deducibles?
Solo si corresponde pagar impuestos los gastos deducibles son relevantes de cara a la declaración anual. En tal caso, todo aquel gasto que tenga relación con el giro del negocio es deducible, aunque hay ciertas categorías para las cuales el IRS establece normas específicas para que puedan ser consideradas:
Gastos preoperativos: Costo de crear la LLC, asesoramiento previo, puesta en marcha, etc.
Servicios básicos: Comida, agua, electricidad, etc.
Transporte: Combustible, pasajes de avión, transporte público, etc.
Educación: Asesorías, coaching, charlas, cursos, libros, etc.
Donaciones: Organizaciones de caridad, asociaciones, etc.
Formularios
¿Qué formularios debe enviar una LLC?
a) Si la LLC no posee ingresos efectivamente conectados con Estados Unidos y recibe el trato fiscal por defecto, debe enviar los siguientes formularios al IRS:
- LLC de un solo miembro: Formularios 1120 y 5472
- LLC de dos o más miembros: Formulario 1065
Nota: Si la LLC solicitó un trato fiscal como C Corp, debe enviar los Formularios 1120 y 5472.
b) Si la LLC sí posee ingresos efectivamente conectados con Estados Unidos y recibe el trato fiscal por defecto:
- LLC de un solo miembro: Formulario 1040 si el miembro es residente fiscal o Formulario 1040-NR si el miembro no es residente fiscal.
- LLC de dos o más miembros: Formulario 1065 y Formulario 1040 para miembros que sean residentes fiscales o Formulario 1040-NR para miembros que no sean residentes fiscales.
Nota: Si la LLC solicitó un trato fiscal como C Corp, debe enviar el Formulario 1120, mientras que miembros que sean residentes fiscales deben presentar el Formulario 1040 en tanto que miembros no residentes deben presentar el Formulario 5472.
¿Qué formularios debe enviar una Corporación C?
Una C Corp debe enviar el Formulario 1120 al IRS.
Adicionalmente, los accionistas que sean residentes fiscales también deben enviar el Formulario 1040, mientras que los no residentes deben entregar el Formulario 5472.
Plazo
¿Cuándo debo hacer la primera declaración al IRS?
A partir del año siguiente al que tu empresa fue registrada.
- Por ejemplo, si tu empresa se creó en 2022, la primera declaración al IRS sería en 2023.
Un caso relevante es aquel de empresas que se registran en los últimos meses del año y para las cuales se indica como fecha efectiva de inicio de operaciones el 1 de enero. En tal escenario, la empresa no estaría operativa hasta ese entonces y la primera declaración se haría a partir del año subsiguiente al que se hace el trámite. Esto sirve para avanzar con la constitución y obtención del EIN evitando declarar por tan solo un breve período de tiempo (con la contra de que no se podrá operar hasta el 1 de enero).
- Por ejemplo, si es noviembre de 2022 y se indica como fecha efectiva de inicio de operaciones el 1 de enero de 2023, la primera declaración al IRS sería en 2024.
¿Cuál es la periodicidad de esta obligación?
Anual.
¿Cuál es el plazo para hacer la declaración?
Depende del tipo de empresa:
- LLC de un solo miembro: Asumiendo el trato fiscal por defecto y que no existen ingresos efectivamente conectados con USA, el plazo de declaración es de tres meses y medio a contar del cierre del año fiscal.
- LLC de dos o más miembros: El plazo es de dos meses y medio a contar del cierre del año fiscal.
- C Corp: El plazo es de tres meses y medio a contar del cierre del año fiscal.
A modo de resumen, si el cierre del año fiscal es el 31 de diciembre:
| Tipo de Empresa | Plazo |
|---|---|
| LLC de un solo miembro | 15 de abril |
| LLC de dos o más miembros | 15 de marzo |
| Corporación C | 15 de abril |
¿Cómo sé cuál es el cierre del año fiscal de mi empresa?
Si el EIN de tu empresa se solicitó a través del Formulario SS-4, debes revisar la celda 12 para conocer cuál es el cierre del año fiscal. Este dato también aparece en la carta CP 575 que el IRS envía por correo postal. Si registraste tu empresa con nosotros, indicamos diciembre por defecto.
Si el EIN de tu empresa se solicitó a través del sitio web del IRS en vista de que uno de los dueños contaba con SSN o ITIN, el cierre fiscal por defecto es diciembre.
Si has enviado el Formulario 1128 al IRS, el cierre del año fiscal puede ser diferente a los señalados en el Formulario SS-4 y carta CP 575, debiendo revisar qué se ha indicado en este formulario.
¿Con cuánta anticipación puedo declarar?
Apenas termine el año fiscal. Es decir, desde enero si es que el cierre es diciembre.
Eso sí, el IRS no publica los formularios que deben ser enviados hasta aproximadamente la segunda semana de enero.
¿Es posible pedir una extensión del plazo?
Sí, a través del Formulario 7004, a través del cual es posible extender en 6 meses el plazo para declarar sin someterse a ningún tipo de sanción. Eso sí, debe ser enviada antes de la fecha en que corresponda declarar.
Si contratas nuestro servicio muy cerca de la fecha límite, solicitaremos una extensión para poder enviar la declaración posteriormente sin que caigas en una penalización. Esto no tiene costo adicional.
Multas
¿Qué pasa si no declaro a tiempo?
Puedes recibir una multa de parte del IRS.
¿Qué multas hay si no declaro?
Depende del tipo de empresa, su trato fiscal, si existen ingresos efectivamente conectados con el país, así como también de la situación de sus miembros como residentes o no residente.
En relación a los formularios que no residentes deben entregar al IRS:
- Formulario 1120: Multa variable.
- Formulario 5472: La multa puede ser de hasta 25.000 dólares. Sin embargo, es muy poco probable que sea de tal magnitud.
- Formulario 1065: La multa mensual es de 210 dólares por miembro, es decir, como mínimo 420 dólares por mes.
¿Cómo me entero si recibo una multa?
Por correo postal, recibiendo una carta tras un tiempo en la dirección que el IRS mantenga en sus registros.
¿Cómo pago la multa?
Mediante cheque, orden de pago o a través del sistema online del IRS llamado Electronic Federal Tax Payment System (EFTPS).
Si has recibido una multa y necesitas que nos encarguemos de ello, contáctanos.
¿Puedo apelar la multa?
Sí, para lo cual es necesario enviar una carta al IRS tras haber hecho la declaración.
Si has recibido una multa o harás tu declaración fuera de plazo y necesitas que preparemos una apelación, contáctanos. Si bien nunca podemos asegurar que una apelación sea aceptada ya que depende del IRS, en nuestra experiencia son aceptadas, sobre todo cuando es la primera vez que se da un incumplimiento.
Servicio EZFrontiers
¿En qué consiste el servicio?
Un contador de Estados Unidos se encargará de dar cumplimiento a la declaración anual de tu LLC o C Corp, preparando los formularios que correspondan y enviándolos al IRS.
¿Cuánto demoran en preparar y enviar los formularios al IRS?
Dependerá de la carga de trabajo del contador, puede ser una semana o más desde el momento en que tengamos toda la información necesaria. No te aseguramos un plazo concreto. Sin embargo, siempre será antes de la fecha límite para declarar, dándote un tiempo prudente para que puedas firmar.
Si contratas nuestro servicio muy cerca del plazo límite (entiéndase dos o tres semanas antes), el contador podría solicitar una extensión de 6 meses a través del Formulario 7004 si lo considera oportuno. Por supuesto, no tardaremos eso en tener la declaración lista, sino que será lo antes posible. Eso sí, ten en cuenta que si el plazo es el 15 de marzo y se solicita una extensión, en vista de que hay otras declaraciones con plazo 15 de abril, la tuya podría ser preparada luego de esa fecha ya que el vencimiento es posterior y tiene menor urgencia.
¿Por qué medio enviarán la declaración al IRS?
Dependerá del tipo de empresa y, en el caso de las LLC, de la cantidad de miembros y/o trato fiscal:
- LLC de un solo miembro: El envío se hará mediante fax en vista de que el sistema e-file del IRS no está disponible para LLC de un solo miembro. Sin embargo, si tu LLC recibe un trato fiscal como C Corp será posible utilizar el sistema e-file.
- LLC de dos o más miembros: El envío se hará a través del sistema e-file del IRS.
- C Corp: El envío se hará a través del sistema e-file del IRS.
¿Cómo sabré que la declaración fue recibida por el IRS?
Si la declaración es enviada por el sistema e-file, te entregaremos el comprobante de recepción que el IRS entrega.
En cambio, si la declaración es enviada por fax, el IRS no entrega ningún comprobante. Sin embargo, te compartiremos una captura del sistema de fax utilizado que dé cuenta de la transmisión exitosa.
¿Cuál es el proceso a seguir?
El proceso a seguir para dar cumplimiento a la declaración anual de tu empresa estadounidense ante el IRS es el siguiente:
- Solicita nuestro servicio completando un formulario en nuestro sitio web en función del tipo de empresa que tengas, en el cual te solicitaremos información básica acerca de tu compañía, con tal de determinar qué formularios corresponderá enviar al IRS.
- Recibirás un email confirmándote los formularios que tu empresa deberá presentar y la fecha límite para ello, mostrándote también las opciones de pago para contratar nuestro servicio.
- Una vez que hayamos recibido tu pago te solicitaremos información adicional pidiéndote completar otro formulario, con datos más específicos. Tras recibirlo, un contador de USA procederá a preparar los formularios que correspondan.
- Cuando los formularios estén hechos, te los enviaremos mediante email para que los revises, imprimas y firmes a mano, debiendo eviárnoslos escaneados por email. Si tienes alguna pregunta u observación, esta es la instancia para resolver dudas y corregir cualquier errata si la hubiera.
- Por último, el contador se encargará de enviar la declaración al IRS mediante fax o el sistema e-file, y una vez hecho aquello recibirás en tu email nuestra confirmación junto con un comprobante. Con ello, tu empresa ya habrá cumplido con su obligación fiscal ante el IRS.
¿Cuál es el precio del servicio?
El precio siempre está sujeto a la situación particular de cada cliente. Por lo general suele ser de 499 dólares para las LLC, pero para corporaciones el precio podría ser mayor (599 dólares usualmente).
¿Hay costos extra?
No, salvo que hayas recibido una multa y quieras que nos encarguemos de ello (opcional).
¿Cuándo se realiza el pago de sus honoraios?
Al inicio, una vez que verifiquemos que cumples los requisitos para brindarte nuestro servicio.
¿Qué métodos de pago aceptan?
Aceptamos los siguientes medios de pago:
- Tarjeta de débito/crédito
- Transferencia bancaria a nuestra cuenta de Estados Unidos
¿Cómo se comunicarán conmigo?
Nos comunicaremos contigo mediante email, siendo este el medio de contacto oficial. Sin embargo, si tienes cualquier duda que desees resolver de manera más fluida, siempre puedes contactarnos vía chat.
¿Dónde encuentro opiniones de EZFrontiers?
Puedes leer opiniones de clientes que han contratado nuestros servicios en nuestro perfil de Trustpilot.
¿Hay negocios que no acepten?
No atendemos empresas que tengan ingresos efectivamente conectados con Estados Unidos, así como tampoco negocios que pertenezcan a alguno de los siguientes rubros:
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